La figura del Detective Privado en España viene regulada en la Ley de Seguridad Privada 5/2014, en los que dedica los artículos 28 y 29 a enunciar los requisitos necesarios para ejercer las profesión.
En cuanto a la formación para obtener la habilitación profesional, es necesario la obtención bien de un título universitario de grado en el ámbito de la investigación privada que acredite la adquisición de las competencias que se determinen, o bien del título del curso de investigación privada, reconocido por el Ministerio del Interior, tal y como señala el artículo 29 de esta Ley.
En su artículo 28 la Ley de Seguridad Privada enumera varios requisitos generales de obligado cumplimiento y que son los siguientes:
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- Ser mayor de edad.
- Poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesarias para el ejercicio de las funciones.
- Estar en posesión de la formación previa requerida en el artículo 29.
- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
- No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
- Superar, en su caso, las pruebas de comprobación que reglamentariamente establezca el Ministerio del Interior, que acrediten los conocimientos y la capacidad necesarios para el ejercicio de sus funciones.